- La NOM-052-SEMARNAT-2005 establece el Código de Peligrosidad de los Residuos (CPR):
· C (Corrosivo), R (Reactivo), E (Explosivo), T (Tóxico), Te (Tóxico ambiental), Tt (Tóxico agudo), Th (Tóxico crónico), I (Inflamable) y B (Biológico-infeccioso).
Si el residuo no está en la norma, se debe clasificar según evidencia científica o empírica.
- Registro como generador (Art. 46 RLGPGIR):
· Envasar los residuos de acuerdo con su estado físico y en recipientes seguros según las NOM.
· Etiquetar con datos del generador, nombre del residuo, características de peligrosidad y fecha de ingreso al almacén.
· Almacenar en áreas adecuadas por un máximo de 6 meses, cumpliendo con requisitos de seguridad.
- Almacén temporal (Art. 82 RLGPGIR):
· Contar con dispositivos para contener derrames (muros, pretiles, fosas de retención).
· Pisos con pendiente y canaletas para dirigir líquidos a fosas (mín. 20% del volumen mayor almacenado).
· Pasillos para tránsito de equipos y personal de emergencia.
· Sistemas contra incendios y equipo de seguridad acorde al tipo y cantidad de residuos.
· Señalización visible sobre peligrosidad.
· Recipientes identificados según peligrosidad e incompatibilidad.
· Estibas con altura máxima de tres tambores verticales.