Los desechos peligrosos se agrupan en diversas categorías, tales como aceites, breas, residuos biológico-infecciosos, metales pesados, líquidos residuales, lodos, sólidos, solventes y sustancias corrosivas, cada una de las cuales cuenta con subtipos y códigos específicos para su identificación. La gestión de estos residuos está regulada por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005, la cual emplea el Código de Peligrosidad de los Residuos (CPR) para clasificarlos de acuerdo con sus propiedades, como corrosividad (C), reactividad (R), explosividad (E), toxicidad (T), inflamabilidad (I) o carácter biológico-infeccioso (B). Asimismo, se establece que, en caso de que un residuo peligroso no esté incluido en la norma, se debe asignar un CPR. Esto facilita una clasificación más exacta y personalizada para aquellos residuos que no están contemplados en la normativa vigente.
Se detallan aspectos importantes del manejo integral de residuos peligrosos según el Artículo 46 de la RLGPGIR (Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos), el cual incluye:
1. Envasado y etiquetado: Las etiquetas deben contener:
· Nombre del generador.
· Nombre del residuo.
· Características de peligrosidad (CRETIB).
· Fecha de ingreso al almacén.
2. Almacenamiento: Debe realizarse en áreas específicas y seguras, clasificadas según el tipo de residuo (tóxico, inflamable, etc.). El plazo máximo de almacenamiento es de 6 meses.
Estas medidas buscan el manejo integral de residuos peligrosos que requieren un envasado seguro, un etiquetado claro y detallado, y un almacenamiento adecuado que cumpla con las normas y plazos establecidos a su vez buscan garantizar la seguridad en el manejo de estos residuos y minimizar los riesgos para las personas y el medio ambiente.