De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-2005 establece que los residuos generados se identifican como residuos peligrosos, en las cuales se establece las características, identificación y clasificación de ellos. En este nos establece el código (CPR) el cual describe a los residuos para Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Tóxico ambiental, Tóxico agudo, Tóxico crónico, Inflamable y Biológico Infeccioso y si el residuos no cumple con las especificaciones del listado se indica su CPR de acuerdo a la manifestación por conocimiento científico. De igual forma, de acuerdo al Artículo 46 y 82 (grandes generadores de residuos peligrosos) de la RLGPGIR establece que:
- Los productos deben envasarse según su estado físico, en recipientes seguros que cumplan con las normas del Reglamento y las normas oficiales mexicanas.
- Los envases con residuos peligrosos deben llevar etiquetas con el nombre del generador, el tipo de residuo, sus características de peligrosidad y la fecha de ingreso al almacén.
- Deben almacenarse según su categoría en un área que cumpla con el Reglamento y las normas oficiales, por un máximo de 6 meses.
- Que cuenten con dispositivos para contener posibles derrames
- Que se cuente con pasillos para permitir el tránsito de equipos y equipos de seguridad para atención de emergencia, al igual que cuente con los señalamientos a la peligrosidad de los residuos
- Para el almacenamiento se utilicen recipientes identificados de acuerdo a las características de peligrosidad del residuo
El código de peligrosidad de los residuos es esencial para identificar y gestionar residuos peligrosos en México, garantizando medidas de seguridad acorde a su riesgo para proteger la salud y el medio ambiente.